El uso de las cookies en España está regulado desde el 2013 por la LSSI que solo autoriza la instalación de las mismas siempre que el usuario haya sido previamente informado de las mismas, su función y finalidad, y este haya prestado su consentimiento para su instalación.
No obstante la vigencia y obligatoriedad de esta regulación, lo cierto es que pocos portales pueden presumir de cumplir con esta regulación.
La obligación afecta a las cookies analíticas, las de publicidad y las de afiliación que son utilizadas en la mayoría de las páginas web
Las super cookies
Hace tiempo se habla no obstante, de una nueva generación de cookies, las super cookies, que se identifican como HSTS.
Estas super cookies, a diferencia de las normales, permiten ignorar la navegación de modo incógnito y realizar un rastreo espía de toda la actividad realizada mientras el usuario navega. Esto le permite al sitio reconocer al usuario desde cualquier web, aunque navegue a modo anónimo.
Otra característica de este tipo de cookies es su persistencia en los equipos y su dificultad para ser eliminadas.
La finalidad es la misma que la de las normales: conseguir la mayor cantidad de información posible del usuario para poder luego enviarle toda clase de publicidad selectiva.
Una amenaza a la privacidad
Se trata de cookies de alto riesgo ya que comprometen la seguridad y la privacidad de los usuarios debido a su capacidad para rastrear como un sabueso la actividad de un usuario en modos digitales aunque este decida navegar de modo incógnito.
El investigador Sam Greenhalgh fue quien investigó y publicó una Prueba de Concepto que demuestra como las empresas de publicidad pueden valerse de estas cookies para saber quién eres.
Mientras tanto, usuarios y asociaciones de consumidores siguen reclamando una mayor protección frente al intrusismo publicitario y manifestando un creciente hartazgo hacia los formatos que vulneren sus derechos.
Imagen cortesía de Pixabay