Encuestas electorales y redes sociales

Las últimas Elecciones Generales españolas han puesto de manifiesto cómo el universo digital avanza a mayor velocidad que las previsiones legislativas. Las leyes quedan obsoletas con rapidez. Y un ejemplo claro ha surgido de la relación entre encuestas electorales y redes sociales.

El peso de la ley

Según la legislación electoral española, durante los cinco días anteriores a la cita electoral, no se pueden publicar, difundir o reproducir encuestas o sondeos relativos a la previsión del voto (artículo 69.7 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General).

Pero esto sólo rige para los medios españoles, que son los que se ven afectados por esta ley y por los órganos administrativos y jurisdiccionales encargados de garantizar su cumplimiento.

Hasta ahora, aunque medios extranjeros pudiesen seguir elaborando y publicando este tipo de encuestas dentro del periodo de 5 días anteriores a la fecha de la votación, los medios nacionales (en parte limitados por esta legislación pero en parte también por los propios límites físicos de los soportes de que disponían) no se atrevían darles difusión e infringir la normativa, por lo que durante este periodo la prohibición se respetaba (de forma más o menos estricta), si bien esa información quedaba en manos tanto de la prensa como de las instituciones y los partidos políticos, que la monopolizaban y la usaban para sus propios intereses.

Encuestas electorales y redes sociales

Pero la irrupción de las redes sociales ha cambiado las reglas de juego.

El citado artículo 69.7 dice literalmente:

Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación.

Y a ese inciso final («por cualquier medio de comunicación») y al uso del ingenio se agarraron los usuarios de las redes para bordear la ley y hacerse eco de las encuestas electorales andorranas que se siguieron publicando en el principado hasta el mismo día de voto.

Porque las Redes Sociales no son per se medios de comunicación y un usuario que postea un contenido extranjero difícilmente puede ser considerado periodista empleado en medio alguno.

Y menos si, además, la encuesta se disfraza del precio de la fruta, las energías y demás bienes en el mercado de Andorra…

Un caso de viralización digno de estudio en sí mismo en el que se mezclan política, social media, prensa, mass media…

¿Podría sancionarse a un particular que difunde a través de una red social una encuesta publicada en un país extranjero?

Según la dicción actual de la norma, sería estirar mucho la interpretación del texto legal. Pero cabría que se reformase para contener este tipo de prácticas, aunque habría que ver sobre qué fundamentos se sostendría una prohibición semejante.

Es más, tan dudosa era la situación que incluso numerosos periódicos hicieron uso de sus cuentas oficiales de Twitter y Facebook para enlazar con aquellas Webs ajenas que hacían referencia a estas encuestas. Porque ¿puede equipararse una cuenta de Twitter a la Web en la que el propio periódico publica sus noticias?, y ¿puede decirse que enlazar a una página ajena entra dentro de los conceptos periodísticos de «publicación y difusión o reproducción»?

Acceso a la información

Lo fascinante de estos casos reside precisamente en cómo los viejos conceptos y situaciones que inspiraban la legislación vigente han quedado desfasados por la eclosión digital, en general, y la Web 2.0 en particular.

La ley se refiere a un periodismo de 1985 y a unas formas de acceder a la información que ya no se corresponden con la de un sector cada vez mayor de la población, y por lo tanto resulta inoperativa en estos nuevos entornos digitales, y, por supuesto, se enfrenta al hecho de que la sociedad ha cambiado y apenas si comprende el motivo que daba sentido a la prohibición de las encuestas electorales en los días anteriores al de la votación.

¿Qué sentido tiene que a esta información sólo puedan acceder determinados grupos privilegiados mientras que el grueso de la población se ve privada de ella?

¿Las encuestas no sólo miden sino que también influyen en el voto? Por supuesto. Pero tratar de proteger al ciudadano restrigiéndole el acceso a la información mientras que ciertos grupos la monopolizan y la usan en la sombra según sus intenciones no es más que otra forma del oscurantismo tan propio de sociedades o estados que no confían del todo en la democracia…

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Transfronterizo por vocación. Sosias (o a la inversa) de Mario Herder. Mezclando literatura con Web 2.0. Puedes encontrarme en rcostas.com y colaborando aquí, en Digital Marketing Trends.

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